Dentro de este título en el artículo 42 se habla del Esquema Nacional de Interoperabilidad y el Esquema Nacional de Seguridad.
Estos esquemas han sido desarrollados y publicados en el BOE del 29 de Enero.
El Esquema Nacional de Interoperabilidad tiene como objetivo una serie de recomendaciones para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad. ¿Qué es la Interoperabilidad? Es la capacidad que tendrán los sistemas de las distintas administraciones públicas de comunicarse y poder entenderse correctamente.
El Esquema Nacional de Seguridad establece los principios básicos y los requisitos mínimos que permitan una protección adecuada de la información.
Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Parece claro que estos esquemas nos dan un marco de trabajo común para todas las administraciones y nos obliga en un plazo de tiempo determinado a cumplirlo. Una tarea nada trivial y que requiere de un gran trabajo y dedicación.